La Junta de Gobierno, a propuesta del Ministerio de Igualdad, Política Social y Mediación, aprobó un reglamento organización y trabajo del Consejo Andaluz del Voluntariado como máximo órgano de participación del voluntariado en Andalucía. La norma también prevé regulaciones Diputación y Diputación Foral de Voluntariado en Andalucía.
La Ley 7/2001, de 12 de julio, de voluntariado ya se refería a la creación de la Junta de Andalucía del Voluntariado y de los consejos provinciales y locales. Posteriormente, la Ley 4/2018, de 8 de mayo, reafirmó el derecho de las organizaciones de voluntariado que realicen actividades a participar en el diseño e implementación de políticas públicas, teniendo poder de representación en órganos consultivos y de diálogo.
Ahora, por fin, con este reglamento, la Consejería de Igualdad, Política Social y Conciliación pondrá en marcha la Consejería del Voluntariado de Andalucía, reconociendo el voluntariado como expresión de solidaridad desde el altruismo y la libertad se lleva a cabo dentro de organizaciones legalmente reconocidas.
Esta participación se llevará a cabo principalmente a través de asociaciones en el que se integren entidades voluntarias y federaciones, confederaciones o alianzas de entidades voluntarias que se constituyan legalmente a nivel provincial, municipal, regional o regional. Todo esto esta garantizado representación igual Administraciones públicas y agentes sociales y económicos por un lado y, por otro, organizaciones que desarrollan programas de acción voluntaria.
La Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Igualdad, Política Social y Conciliación, está facultada para regular y promover acciones de solidaridad y voluntariado que se lleven a cabo de forma individual oa través de instituciones públicas o privadas.
Plan de voluntariado andaluz
La presidencia de la Consejería de Voluntariado de Andalucía corresponde a la consejera de Igualdad, Política Social y Conciliación, Rocío Ruiz, y se encontrará con un personaje común una vez al semestre. Entre sus principales funciones se encuentra la obligatoriedad de informar sobre el Plan Andaluz de Voluntariado, así como sobre los proyectos de ley sobre cuestiones que afectan al voluntariado. Por tanto, se puede acordar la constitución de grupos de trabajo para estudiar y analizar aquellas cuestiones que por su importancia o trascendencia requieran un tratamiento especial.
Por otro lado, las Diputaciones Provinciales del Voluntariado se configuran como los máximos órganos de participación en el voluntariado de la provincia. Entre otras funciones, son responsables del desarrollo informes sobre las acciones y programas previstos por el Plan Andaluz de Voluntariado, conocer resultados en su ámbito territorial y formula propuestas e iniciativas de actuación a la Junta de Andalucía.
Por último, los municipios pueden crear Consejos Locales de Voluntariado adecuados u organismos con características similares a las entidades de participación voluntaria en el municipio y pueden coordinar su trabajo con las Diputaciones.